Este 9 de mayo empezó a regir un impuesto a los consumos especiales (ICE) para las fundas plásticas establecida en la Disposición Transitoria Sexta de Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria. Con esto se busca disminuir el consumo de plásticos de origen fósil. Es una iniciativa loable, pero que ha generado muchas dudas, las cuales disiparemos a lo largo de este artículo.
¿Quiénes deben recaudar este impuesto?
Todo establecimiento comercial que para facilitar el traslado de su mercadería utilice fundas plásticas. Por ejemplo: minimarkets, restaurantes, tiendas de ropa, etc.
¿Cuánto es el impuesto a pagar?
La tarifa del ICE será establecida paulatinamente por 4 años, como se especifica en la siguiente tabla:
Año | Tarifa especifica del ICE |
2020 | 0,04 por funda plástica |
2021 | 0,06 por funda plástica |
2022 | 0,08 por funda plástica |
2023 | 0,10 por funda plástica |
¿Quiénes están exentos del ICE?
Están exentas del ICE, por un lado, las fundas plásticas para uso industrial, agrícola, agroindustrial, de exportación, para productos congelados; por otro lado, las que contengan un mínimo de adición del cincuenta por ciento (50%) de materia prima reciclada post consumo; y finalmente, las utilizadas como empaques primarios.
¿Quiénes tienen rebaja del ICE?
La rebaja del 50% en la tarifa del ICE prevista, será aplicable para fundas biodegradables y compostables, incluido el plástico biobasado.
Las fundas Matter, constan dentro de esta rebaja del 50%, por ser una funda biodegradable y compostable, conforme a certificaciones internacionales.
¿Cómo declararlo?
Se declarara mensualmente, de la operación del mes anterior, mediante el “Formulario de Declaración del Impuesto a los Consumos Especiales”. El código del ICE es 3680.